Scroll to top
2024 - Comunidad General de Usuarios del Canal de Orellana

PROPUESTA DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA PARA RIEGO DE LA CAMPAÑA 2023 EN LA ZONA REGABLE DEL CANAL DE ORELLANA

Propuesta que se pretende llevar a la Asamblea de la Comunidad General de Usuarios del Canal de Orellana previa aprobación y/o modificación por parte de las cuatro comunidades de regantes de base.

Datos no oficiales obtenidos a partir de las bases de cálculo empleadas años anteriores. Sujetos a la dotación aprobada en la Comisión de Desembalse que se debe celebrar por parte de la Confederación Hidrográfica del Guadiana.

Datos actualizados a 23 de marzo de 2023 y sujetos a variaciones por meteorología hasta la celebración de la Comisión de Desembalse.

  • La campaña de riego ordinaria será del 01 de mayo al 15 de septiembre de 2023
  • Antes y después de esta fecha se evaluará la posibilidad de dar riegos de apoyo

en función de la climatología y las necesidades de los diferentes cultivos

  • La superficie de riego que se toma para la base de cálculo será la que figura en el elenco de las Comunidades de Regantes de base
  • Se garantiza el riego de la superficie de cultivos permanentes y praderas con el 70% de la dotación
  • Para cultivos de campaña, se garantiza el riego del 60% de la superficie restante (el 40% restante NO podrá ser regado)
  • Con la finalidad de facilitar el desarrollo de la campaña y abaratar costes, por acuerdo de las cuatro comunidades de base (Canal de Orellana, Vegas Altas 1, Vegas Altas 2 y Vegas Altas 3) se permitirá la concentración de las explotaciones a criterio del regante. No pudiendo rebasarse el 60% de la superficie total de cultivos anuales
  • Las declaraciones de cultivo de cada usuario serán sometidas a procedimientos de control y comprobación por parte de las comunidades de regantes
  • Dada la situación de restricción a la dotación de riego, se recomendará a los respectivos Jurados de Riego que se considere agravante en la aplicación del régimen sancionador, cuando se exceda la superficie autorizada, así como las malas prácticas de riego o aplicación de aguas a fines distintos de los autorizados, pudiendo llegar a alcanzar las sanciones un importe superior a 250.000€, en casos muy graves, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Dominio Público Hidráulico y Ordenanzas de cada Comunidad
  • No existe discriminación por cultivos de campaña al realizar el reparto
  • NO se suministrará agua para riego de segundos cultivos

Se irán actualizando estos datos a medida que se aproxime el inicio de la campaña de riego.